
Fiel a su estilo de confundir y engañar a la opinión pública con verdades a medias, el gobierno de Juan Manuel Santos se esfuerza en presentar como positivas y avanzadas sus recientes iniciativas en materia de Jornada Única en las instituciones educativas del país.
En honor a la verdad, ésta es una disposición consignada hace casi 21 años en el artículo 85 de la Ley General de Educación, como fruto del proceso de concertación entre FECODE y el gobierno nacional para la expedición de la misma. Con ella se buscó resarcir y superar los serios daños causados a la educación pública por la imposición de la doble jornada bajo el gobierno de Carlos Lleras Restrepo, cuya implementación le correspondió al ministro del ramo en ese entonces, Gabriel Mejía Betancourt.
Como es de común ocurrencia en nuestro país una norma presentada como transitoria, pues se planteo para solo dos años, se volvió permanente, afectando el tiempo de permanencia de niños y jóvenes en las instituciones escolares, llevando a la eliminación o reducción de áreas importantes en su formación integral y negando los espacios adecuados para las actividades artísticas, culturales, lúdicas y deportivas, mientras tales posibilidades se preservaron para la educación privada.
Sin embargo, por la actitud reluctante de los distintos gobiernos ante los elementos democráticos y francamente revolucionarios, que como producto de la lucha y resistencia del magisterio quedaron consignados en la ley, no le han alcanzado más de cuatro lustros al Estado Colombiano para implementar una disposición tan indispensable para la calidad y pertinencia de la educación pública en nuestro país.
. La razón que explica el repentino prurito del actual presidente para ponerla en ejecución a las volandas, no es otra que la de darle satisfacción a una de las tantas «recomendaciones» de la OCDE, para viabilizar el acceso de nuestra nación a ese club de países que ejecutan, como se ha dicho, «buenas prácticas, económicas, políticas, financieras y administrativas” en el más puro y fundamentalista sentido neoliberal.
Ahora bien, como FECODE ha defendido y reclamado insistentemente la generalización y extensión de esta iniciativa a todo el país y a los distintos niveles del sistema educativo estatal, es necesario puntualizar las irreductibles diferencias entre lo que, a nuestro juicio, ha de abanderar la federación y lo que el gobierno santista pretende hacer sobre el particular, para que la aparente coincidencia no vele el antagonismo que subyace en el fondo de ambos planteamientos. Para lo anterior, hay que partir de considerar que, dado que la Jornada Única es una disposición de la Ley 115 de 1994, las consideraciones, elementos y condiciones para su instauración deben estar fundamentadas en las disposiciones de dicha ley y no en el contexto de las políticas neoliberales y pro imperialistas, agenciadas en el campo educativo por el gobierno de Santos y por los mandatos que le han precedido desde comienzos de la década de los 90. En relación con ello, las contradicciones entre una y otra concepción se expresan en seis aspectos clave, que esquemáticamente pueden enunciarse así:
1.- La orientación académica y pedagógica: Mientras en la Ley General de Educación se prevé una jornada única orientada por los Fines y Objetivos de la educación en función del desarrollo del conocimiento, la ciencia, la formación para el trabajo y la producción, la noción de soberanía nacional, la integración autónoma y recíprocamente beneficiosa con otras naciones y, en general, la formación integral; la iniciativa santista mantiene la formación por estándares y competencias impuesta al país por las entidades crediticias y financieras controladas por el imperialismo y encaminadas a resolver los requerimientos de mano de obra abundante, barata y calificada, planteados por la política de libre mercado de los países desarrollados.
2.-La administración de las instituciones educativas: El actual gobierno ha hecho patente su determinación de imponer autoritariamente su particular visión de lo que concibe como Jornada Única y la manera en que debe funcionar, desconociendo y pasando por encima de las facultades que le otorga la ley a los órganos del Gobierno Escolar, particularmente en los aspectos administrativos y académicos.
3.-La Autonomía Escolar: Esta prerrogativa de las instituciones educativas, que constituye el máximo logro del Movimiento Pedagógico de los maestros colombianos, pretende ser desconocida y arrasada por la intención oficial de imponer, al margen de los requerimientos y orientaciones curriculares de cada institución, las áreas hacía las cuales se debe orientar el tiempo adicional del cual dispondrían en el marco de dicha jornada. Intención que, desde luego, corresponde a los criterios de la OCDE y demás instituciones internacionales a través de las cuales el imperialismo impone los lineamientos de la política educativa a nuestro país.
4.-La financiación de la educación pública: El artículo 85, ya mencionado, ordenó al Ministerio de Educación hacer en coordinación con las entidades territoriales «una evaluación de las jornadas existentes en los establecimientos educativos de sus respectivas jurisdicciones, con el fin de reglamentar los programas y los plazos dentro de los cuales deberán ajustarse a lo dispuesto en este artículo». Mandato tan perentorio se hizo sobre la proyección que el situado fiscal, en ese entonces fuente de los recursos para el sector educativo, crecería a un ritmo anual que garantizaba la adecuada financiación de la educación estatal. Sin embargo, la eliminación de dicho situado, su reemplazo por el pernicioso Sistema General de Participaciones y el brutal recorte presupuestal a la educación implícito en su formulación, llevaron al abandono de la iniciativa . Hoy, el gobierno de Santos pretende concretarla en el marco de un agudo déficit presupuestal en educación que sobrepasa los 50 billones de pesos y apoyándose en la promoción y ahondamiento de todas las políticas de privatización, que están llevando a convertir la educación en mercancía y en oportunidad de negocio para el capital financiero nacional y transnacional.
5.-La estabilidad laboral de los educadores: La Ley General de Educación reconoció explícitamente en el artículo 115 que el régimen laboral, de los docentes era el contenido en el Estatuto Docente de 1979, con lo cual se garantizó la estabilidad en el ejercicio del cargo. Actualmente, esta es una norma en marchitamiento que está siendo reemplazada aceleradamente por el decreto 1278, uno de cuyos ejes es, precisamente, la negación de esta preciosa conquista de los maestros colombianos. A ello debe agregarse que para poner en marcha su proyecto de Jornada Única, Santos y su Ministra de Educación, con el propósito de sortear las limitaciones presupuestales para la ampliación de la planta física, la mejora en la dotación y los requerimientos de personal docente, se disponen a generalizar diversas formas de tercerización, ya ensayadas en el distrito capital por Petro y otras entidades territoriales, con la consecuente afectación salarial, prestaciónal y laboral de los maestros vinculados en tales condiciones.
6.-La política salarial: FECODE levantó, de manera simultánea a la promulgación de la Ley, la bandera del salario profesional para los educadores del país. Esta iniciativa obedece, entre otras razones, a la convicción de que una remuneración justa, digna y adecuada es condición fundamental para un apropiado desarrollo de la Jornada Única en nuestra nación. Si bien esta aspiración fue burlada por el gobierno de Ernesto Samper, el magisterio nunca ha abandonado esta exigencia. Hoy, la propuesta santista se quiere implementar manteniendo en la incertidumbre la nivelación salarial convenida en los acuerdos de 2014, al tiempo que se acude al pago por temporalidades, horas dictadas, contratación a través de entidades particulares y demás modalidades de abaratamiento del costo del trabajo de los docentes.
Es evidente, entonces, que tras la aparente coincidencia hay contradicciones de fondo. Contra la política de Santos de entronizar una Jornada Única orientada por los criterios y condicionamientos neoliberales, el magisterio debe enarbolar la exigencia de una Jornada Única enmarcada en las disposiciones de la Ley General de Educación y orientada a fomentar una educación de carácter científico, financiada adecuadamente en todos sus aspectos por el Estado, y al servicio de los requerimientos del desarrollo material y espiritual de la nación y del pueblo colombianos.
Una tarea de esta trascendencia y magnitud demanda una actividad seria, metódica y persistente con el estudiantado, los padres de familia y demás estamentos de la comunidad educativa, para oponerle a la espuria y caricaturesca versión santista de la Jornada Única, los expedientes de la denuncia y la movilización, hasta derrotarla. Pero exige, además, complementar tales esfuerzos con el apoyo político y parlamentario de todas las corrientes y tendencias de oposición, afines o cercanas a la lucha de FECODE, particularmente del Polo Democrático Alternativo, próximo a celebrar su IV Congreso, y cuyo Ideario de Unidad declara:»La educación pública será universal, de calidad, gratuita y obligatoria en los niveles de preescolar, primaria, básica secundaria y media, así como en formación técnica laboral y en educación superior…Restableceremos los derechos laborales, salariales y profesionales conculcados al magisterio…” Postulados plenamente concordantes con las banderas que los educadores deben levantar en esta ineludible confrontación.
ALBERTO VILLALOBOS DAUDER – CENTRAL UNITARIA DE TRABAJADORES (CUT) – CÓRDOBA